Materias
Derecho Agroambiental

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No se evidencia prueba alguna que demuestre la participación del Pueblo Indígena Originario del Sub Consejo Tsimane, en la ejecución de proceso de saneamiento, por lo cual se afectó su derecho al debido proceso en su elemento derecho a la defensa, motivo suficiente para conceder la tutela impetrada y determinar la nulidad de esas resoluciones, de acuerdo a lo establecido en el art. 71 del CPCo
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