Materias

A través del proceso de reversión serán revertidas al dominio originario de la Nación sin indemnización alguna las tierras cuyo uso perjudique al interés colectivo, de ahí que es causal de reversión, el incumplimiento total o parcial de la FES, por ser perjudicial al interés colectivo, ejecutándose éste procedimiento como mínimo dos años, inmediatamente después a la emisión del Título Ejecutorial (SAP-S1-0013-2019)
El objetivo principal del proceso de reversión, es identificar el cumplimiento de la FES, cuando el INRA constata un incumplimiento total de la Función Económico-Social, esa valoración se constituye en un aspecto de fondo o material, con prevalencia sobre aspectos meramente formales (SAN-S1-0033-2017)
Se debe valorar en forma integral la prueba oportunamente ofrecida (principio de verdad material), más aún si esa presentación consta en el Acta de Audiencia de Producción de Prueba y Verificación de la FES; no hacerlo impide verificar su cumplimiento en el predio objeto de reversión (SAP-S1-0013-2019)