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Derecho Agroambiental

Materia: Derecho Agroambiental Tema: Derecho Agrario Sustantivo Subtema: LÍMITES A LA PROPIEDAD AGRARIA
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La superficie máxima rige a partir de la vigencia de la C.P.E. y toda persona natural o jurídica no puede exceder las 5000.- ha. sin importar la modalidad y que la posesión en si misma no conlleva la concepción de derecho adquirido (SAP-S2-0002-2018)